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jueves, marzo 28, 2024

Estatuto del Partido de los Comunistas

 DOCUMENTOS BÁSICOS DEL PARTIDO DE LOS COMUNISTAS

 

Los documentos básicos que aquí se publican fueron aprobados por el congreso fundacional del Partido de los Comunistas y ratificados, con algunas modificaciones, por su III Congreso Nacional, celebrado en la Ciudad de México los días 23,24 y 25 de Marzo de 2012

 

La Comisión del Comité Central.

 

ESTATUTO DEL PARTIDO DE LOS COMUNISTAS

CAPÍTULO I

DATOS BÁSICOS SOBRE EL PARTIDO

Artículo 1. El nombre: Partido de los Comunistas.

Artículo 2. El lema: ¡Proletarios de todos los países, uníos!

Artículo 3. El emblema: Tomando como fondo una bandera roja, el emblema se compone de la siguiente manera: Una hoz y un martillo de color amarillo, así como una estrella en la parte superior de su costado izquierdo, que representan la alianza de los obreros y campesinos del mundo.

Artículo 4. El himno del Partido de los Comunistas: La Internacional

Artículo 5. El Partido de los Comunistas hace suya la filosofía del marxismo-leninismo, es decir el materialismo dialéctico e histórico, el socialismo científico. Está plenamente  convencido del Internacionalismo Proletario y se considera parte del movimiento internacional de los partidos comunistas y obreros.

CAPÍTULO II

COMPOSICIÓN Y FORMAS DE INGRESO AL PARTIDO

Artículo 6. Composición: El Partido de los Comunistas es un partido de la Clase obrera y todos los trabajadores que tienen el propósito de llevar a la clase trabajadora al poder, desplazando a la burguesía para construir un nuevo Estado, por la conquista de la democracia y el socialismo, en el cual la explotación de unos  hombres  por otros desaparecerá para siempre, y el centro de su existencia será el bienestar material y  cultural de todos los seres humanos. Nuestro objetivo superior es la sociedad comunista

Artículo 7.  Ingreso: Se ingresa al Partido  de los Comunistas en forma libre, voluntaria e individual, sin más requisito que aceptar luchar por la democracia socialista y el comunismo, hacer suyo los principios, el programa del partido y, por lo tanto, aceptar también las normas de la vida partidaria expresadas en el presente estatuto. Cada compañero, deberá encuadrarse en la Célula en la cual va a militar. El Partido de los Comunistas se define como una organización de militantes con un alto grado de conciencia, una organización de cuadros revolucionarios. 

CAPÍTULO III

LA ESTRUCTURA INTERNA DEL PARTIDO

 Artículo 8. El Partido de los Comunistas es una organización de organizaciones. La estructura de todo el partido tiene como base a las Células, los cuales son los organismos donde se forma la conciencia del trabajo y la dirección colectiva, y constituyen la forma básica de la militancia. Son organismos de discusión, de diseño y ejecución de planes y proyectos de trabajo político en el seno del pueblo y de las masas y en las diferentes organizaciones sociales de los trabajadores. Tienen el objetivo concreto de llevar las ideas del partido a toda la sociedad; hacer crecer al partido; penetrar con las ideas del partido en el pueblo, y contribuir a la mejor consecución de los objetivos de clase de los trabajadores, así como para realizar tareas internas de organización y fortalecimiento del partido.

Las Células deben desarrollar su lucha creativamente, y sólo podrán ser reconvenidas por el Comité correspondiente cuando sus acciones contravengan la política general y las resoluciones de los órganos superiores del partido. Se reúnen por lo menos una vez semanalmente.

Artículo 9. Las Células coordinan sus actividades con el Comité correspondiente. Deben integrarse con un mínimo de tres militantes y en atención a sus propias particularidades demográficas, geográficas y socioeconómicas (centro de trabajo, de educación o territoriales).

Las Células se integran para organizar a la clase obrera en sus  diversas ramas productivas, de tal forma que se deberán formar Células  esencialmente  entre  la  clase obrera, entre los trabajadores del campo, en el movimiento de mujeres, entre la juventud, entre los estudiantes, entre los intelectuales, etc. El Comité correspondiente  vigilará que el surgimiento de las células atiendan a la realización de  tareas concretas de crecimiento y fortalecimiento del partido entre la clase trabajadora.

Artículo  10.  La  estructura  general  del  partido  es  la siguiente, de arriba hacia abajo:

1) El Congreso Nacional

2) El Comité Central

3) La Dirección Colectiva

4) Los Comités Estatales

5) Las Células

Además los órganos del Partido de los Comunistas podrán convocar  a Conferencias específicas para desarrollar la política del partido.

Artículo 11. El Congreso Nacional es la autoridad máxima del  partido, se reúne cada tres años o cuando así lo determine el Comité Central y se integra con los miembros de ese comité y con los delegados de las células, electos democráticamente en reuniones efectuadas para tal fin, en los términos de la convocatoria del Comité Central y en la proporción de un delegado por cada tres militantes.

Son facultades del Congreso

a) Examinar la situación nacional e internacional para resolver la  forma en que el partido debe encarar la realidad y las acciones que deba emprender al respecto.

b) Aprobar la línea política del partido, la estrategia y la táctica  para alcanzar los objetivos que se propone y resolver sobre la  unidad orgánica con otros partidos y las cuestiones fundamentales que tengan que ver con los procesos unitarios en que el partido esté involucrado.

c) Emitir resoluciones sobre la vida interna del partido.

d) Reformar o modificar  los  Documentos  Básicos  del Partido, Declaración de Principios, Programa y Estatuto.

e)Elegir al Comité Central.

Artículo 12.El Comité Central es designado por el Congreso Nacional  y  se  integra  por  el  número  que  este  último determine de compañeros electos democráticamente por el voto de todos los delegados efectivos acreditados, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

Una comisión de candidaturas previamente designada por el  Comité Central, habiendo consultado a la base, propondrá una lista  de candidatos con el informe de cada uno de ellos  sobre su antigüedad, lugar donde actúa, la calidad de su militancia y todos aquellos méritos que lo hagan merecedor del cargo. Los  delegados, en votación económica y abierta expresaran si aprueban la propuesta en su totalidad o si proponen  modificarla cabal o parcialmente. Las propuestas que se hagan en este último caso deberán ser motivadas en los mayores méritos  del    candidato o en lo que mejor conviene al Partido.

El Comité  Central  se  reúne  cuando  menos  cada  tres meses, convocado por la Dirección Colectiva o en situación extraordinaria por la mayoría de sus propios integrantes, y sus facultades son:

a) Elegir, de entre sus miembros a los integrantes de la Dirección Colectiva, que tendrá también funciones de secretariado.

b) Analizar, discutir y resolver sobre cuestiones de la vida internacional, nacional o local.

c) Dar los lineamientos generales para que los resolutivos del Congreso Nacional sean llevados a la práctica.

d) Evaluar, en cada reunión, el trabajo de la Dirección Colectiva, y reestructurarla de ser necesario.

e) Publicar  un  periódico  central  expresión  política  e ideológica del partido.

f) Atender  las  relaciones  internacionales,  nacionales, alianzas y tareas de solidaridad.

g) Publicar una revista teórica.

h) Organizar  y  garantizar  el  funcionamiento  de  una Escuela de Cuadros y un sistema de formación política e ideológica.

i) Convocar al Congreso Nacional, proponer su orden del  día  y  las  bases  para  integrarlo,  presentar  los documentos base de discusión y de resolución.

j) Convocar   a    las   Conferencias   convenientes   para desarrollar específicamente al partido.

k) Crear los Centros de Estudios o Institutos para realizar los  estudios  o  investigaciones sobre  los  problemas económicos,   políticos  sociales  y  culturales  como instrumentos del PC para generar propuestas.

l)     Crear las comisiones necesarias para auxiliar su trabajo cotidiano.

Los acuerdos del Comité Central no pueden ser sustituidos por nadie,  sólo podrán ser revocados por el Congreso. Es  el  único  representante  del Partido en  ausencia  del Congreso y está  mandatado por éste para organizar el trabajo cotidiano.

Artículo 13. La Dirección Colectiva se integra con los miembros electos por el Comité Central en votación directa, universal y secreta de sus integrantes.

Para    ser    miembro   de    la   Dirección   Colectiva   debe pertenecerse al Comité Central.

La vida interna de la Dirección Colectiva, y de todos los Comités,  así como de las Células, será normada por el principio del centralismo democrático,

Para  su  trabajo  cotidiano,  en  ausencia  de  la  Dirección Colectiva,  como órgano integrado, se elige al Secretario General. El Secretario General es quien coordina los trabajos de la Dirección Colectiva del Comité Central; convoca a sus reuniones y prepara los materiales de su agenda y representa al Partido cuando no está reunida la Dirección Colectiva

Es obligación de la Dirección Colectiva dirigir correctamente la vida del partido en los periodos que le corresponde actuar; y rendir un informe de sus actividades al Comité Central, en los aspectos político, administrativo y financiero.

Artículo 14. Los Comités se eligen en Congresos de su respectiva  circunscripción  (Entidad  federativa,  Región, Municipio),  en  los  que  participan  todos  las  Células en   votación  universal,  directa.  Estos  Congresos  son convocados por el Comité Central.

Artículo 15. El órgano inmediatamente superior puede, a petición de cualquiera de los militantes del partido, revocar, ampliar o modificar los acuerdos y resoluciones del inferior. Cuando se trate de resoluciones que afecten los derechos de  un  militante,  estas  se   suspenderán  hasta  que  el organismo superior resuelva definitivamente la apelación. 

CAPÍTULO IV

DE LA DEMOCRACIA INTERNA

Artículo 16. El Centralismo Democrático es el principal fundamento de las relaciones internas y de la vida partidaria que  permite combinar la más amplia democracia interna y el examen  colectivo de los asuntos, con la dirección centralizada;  la  libertad   de  discusión  con  la  unidad ideológica y el mantenimiento de la unidad orgánica y de acción de todo el Partido; su práctica diaria y permanente es la forma de existencia del partido. El trabajo colectivo constituye un principio básico de nuestra organización.

Todas  las  decisiones  del  partido  deberán  adoptarse siguiendo un proceso de discusión y análisis de la base hacia  los órganos  superiores  de  dirección,  evitando prácticas cupulares y centralistas, privilegiando el debate  democrático, combatiendo  las  desviaciones. Cuando  excepcionalmente, y  por urgencias que determinen las circunstancias, los  órganos superiores tomen resoluciones sin seguir este proceso, en caso de así solicitarse, deben ser también llevados a los órganos inferiores para su análisis y discusión, a fin de que se sugieran modificaciones y una vez seguido este proceso, serán obligatorios para todos.

El centralismo  democrático  se  basa  en  las  siguientes normas:

a)    Todos    los   organismos   de    dirección   son   electos democráticamente por los miembros y representantes de los órganos del Partido.

b)    Disciplina rigurosa, única y consiente, en el seno de todo el Partido.

c)    Subordinación de la minoría a la mayoría.

d)  Los  responsables  de  los  organismos  del  Partido, informan periódicamente de su labor y de las finanzas a los miembros de su organización respectiva y a los organismos superiores.

e)    Los  acuerdos  de  los  organismos  superiores  son obligatorios para los inferiores.

f)     Todos los militantes y organismos inferiores del Partido tienen el  derecho de apelar las resoluciones de los organismos superiores hasta llegar al congreso. 

CAPÍTULO V

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MILITANTES

Artículo 17. Son derechos de los militantes del partido:

a)    Participar  libre  y  democráticamente  en  todas  las reuniones del partido de acuerdo a la responsabilidad conferida por su organización u órgano.

b)    Elegir y ser electo para cualquiera de los cargos de dirección  o  de estructura partidaria, así como para cumplir cualquier otra tarea.

c)    Renunciar a su militancia partidaria.

Artículo 18. Son deberes de los militantes del partido:

a)    Militar encuadrado en una Célula.

b)    Contribuir al sostenimiento económico del partido de acuerdo con la cotización que libremente se fije en su Célula.

c)    Cumplir y hacer cumplir el Estatuto.

d)    Cumplir las tareas que le sean asignadas por su Célula o por otros órganos superiores de dirección.

e)    Distribuir la prensa central, así como otras publicaciones y materiales del partido.

 

CAPÍTULO VI

EL PARTIDO Y LAS ORGANIZACIONES DE MASAS

Artículo 19. El militante tiene el compromiso de participar en sus sindicatos u otras organizaciones de masas y frente amplio, luchando  por asegurar su sentido clasista y su independencia y autonomía frente al Estado y la patronal, combatiendo  la corporativización  y  asegurando  el  libre derecho de sus integrantes de pertenecer a la organización política que consideren. Luchar también por la unidad de la clase obrera y de los movimientos, así como su democracia interior.

 

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